martes, 21 de enero de 2014

JUSTICIA Y CONVIVENCIA ESCOLAR

Aprovechando que la seño está sentada en su escritorio, revisando la actividad realizada por uno de sus compañeros de clases, Pedro se toca el bolsillo derecho de su sudadera, y no siente su reproductor mp5. ”Hey, me robaron”, exclama mentalmente. Revisa el bolsillo izquierdo, busca entre su maletín y no encuentra nada. Dirige su mirada hacia donde está la profesora y dice con voz fuerte: Seño, me robaron mi reproductor. Muchos recuerdos llegan a su memoria. Recuerda que quería escuchar a toda hora su música favorita. Un día le pidió a su mamá que le regalara un reproductor de música. “Mami como ya te entregaron mi boletín y salí bien en todas las materias, regálame un mp5”, alcanzó a decir con voz tímida pero decidida. La mamá, pensó que era una bonita oportunidad para motivarle por su buen desempeño académico, no lo dudó un instante y se lo compró. Los temores también llegaron, se acordó que los profesores le decían que no podían llevar objetos de valor a la escuela…, su mamá le recomendó que lo cuidara. Qué hacer?, el reproductor había desaparecido. Historias como estas se presentan en las aulas de clases con más frecuencia de la que imaginamos. Se Pierden celulares, cámaras fotográficas, útiles escolares, libros, dinero, entre otros. El niño o joven que le quita la merienda al otro. El pequeño que discute con uno más grande y busca al primo o al compañero de la misma talla o más grande para que pelee por el y lo defienda. Burlas con comentarios vulgares por fotos publicadas en Facebook. El joven que lleva en su morral una navaja. Por la tendencia generaliza de hablar en masculino, se menciona al niño o al joven, pero este tipo de conductas también se presenta en mujeres. Las niñas que pelean en recreo, porque una de ellas habló mal de la otra. La escuela es una célula de la sociedad, que refleja la interacción entre las personas.: En ella se ven cosas malas como violencia, mal trato, robos, vicio, pero también cosas interesantes; buen trato, estímulos, buenas prácticas convivenciales. En fin, está conformada por personas en proceso de formación y otras ya formadas, de carne y hueso con sus temores, frustraciones, expectativas, logros y deseo de superación. Le corresponde a la familia y a la escuela participar activamente en la solución de esta problemática. La familia como elemento natural y fundamental de la sociedad y la escuela en su papel de formadora para la vida y generadora de pasión por vivir. En esta oportunidad, como lo sugiere el título del artículo, se analiza y propone la intervención que debe hacer la escuela para manejar las situaciones que se presenten. Posteriormente en otro artículo, se hablará del papel e intervención de la familia. La Ley 115 de 1994, facultó a las instituciones educativas para elaborar un reglamento o manual de convivencia, acorde a la constitución política, en el cual se definan los derechos y deberes u obligaciones de los estudiantes, se establezcan los mecanismos para garantizarles el ejercicio efectivo de sus derechos, prevenir su vulneración o amenaza y restablecer los derechos violados. También, en caso del incumplimiento de deberes, abuso o extralimitación de derechos y la incurrencia en prohibiciones, se establecen las acciones preventivas y/o correctivas del caso, aplicando las sanciones pertinentes, garantizándoles el debido proceso, en concordancia con el Artículo 26 de la Ley de Infancia y adolescencia, dándoles a las sanciones un sentido formativo y educativo, en procura de resaltar la importancia del cumplimiento de normas. La Ley 1620 de 2013, y su Decreto reglamentario 1965 crea el Sistema Nacional de Convivencia Escolar y Formación para el ejercicio de los Derechos Humanos, la Educación para la Sexualidad y la Prevención y Mitigación de la Violencia Escolar, mediante la utilización de dos herramientas básicas: i) el Sistema de Información Unificado de Convivencia Escolar y ii) la Ruta de Atención Integral para la Convivencia Escolar y sus protocolos de atención. Actualmente cada institución educativa tiene un manual de convivencia, por mandato de la Ley 115, que debe adecuar con los lineamientos establecidos en la Ley 1620. Lo primero que debe hacer la escuela es integrar el Comité Escolar de Convivencia para realizar las adecuaciones al Manual de Convivencia, con la participación conjunta de docentes, padres de familia y estudiantes. En los manuales de convivencia están establecidos un conjunto de normas y las disposiciones adoptadas por el Consejo Directivo de la Institución para establecer de forma clara e inequívoca los deberes, derechos, prohibiciones, obligaciones, estímulos, sanciones procedimientos y competencias para aplicar estas sanciones y distinciones. No se puede perder de vista que en la escuela se presentan problemas de convivencia, pero también se están presentando situaciones de comisión de delitos comunes, como se mostró anteriormente. A los dos aspectos se les debe prestar la debida atención y realizar las intervenciones pertinentes de acuerdo a la Ley. Se debe hacer diferencia entre convivencia y disciplina, para el manejo de cada situación presentada, también es necesario definir que existen instancias de dirección y ejecución. La instancia de dirección debe estar en cabeza del Comité Escolar de Convivencia y la ejecución en el Coordinador de Convivencia o Talento Humano. Una vez adecuado el Manual de Convivencia se socializa con cada uno de los estamentos, enfatizando en la importancia de su aplicación para generar una cultura de disciplina preventiva que permita a los estudiantes pensar antes de actuar, es decir que los lleve a prever las consecuencias de sus actos y analizar que les conviene hacer o no hacer. Para esto último es necesario llevar un registro actualizado de los casos presentados y las acciones tomadas. Es importante manejar un lenguaje jurídico en cada actuación, que los niños, niñas y jóvenes sientan que son sujetos de derechos, que la escuela establece mecanismos necesarios y suficientes para garantizarles el efectivo ejercicio de sus derechos, que previene su vulneración o amenaza y que restablece los derechos violados. También que son sujetos de deberes y que existen comportamientos inapropiados llamados faltas disciplinarias y que ante la comisión de ellas puede recibir una sanción. Que existen unos procedimientos y competencias para aplicarlas y que pueden ser llamados para responder por esos actos inapropiados, escuchándoles en declaraciones libres y espontaneas, que existen cargos en su contra y que pueden presentar pruebas para controvertirlas, que se lleva un expediente, que existe una decisión administrativa declarándolo inocente o culpable de un hecho inapropiado, que existe un fallo, que puede ser asistido por el personero estudiantil, que su mamá o papa debe estar presente si le sanciona, entre otros. Como manejar los casos de indisciplina o de comisión de faltas de los estudiantes? La escuela debe aproximarse al sistema judicial ordinario, tomando elementos de éste para manejar los casos de indisciplina o de comisión de faltas. En el Manual de Convivencia deben estar claras las sanciones, los procedimientos y competencias para aplicarla, resaltando que las sanciones tiene un carácter formativo y educativo, en procura de generar cultura en el cumplimiento de normas, para que el estudiante desarrolle la competencia de pensar antes de actuar; analice las posibles consecuencias que sus actos le generarían y con base en ello, toma la decisión correcta. La figura de un Juez Escolar se hace necesaria, para que administre la justicia en la escuela; esta designación puede recaer en el Coordinador. Los casos de conflictos pueden manejarse a través de la conciliación. Las peleas que generen lesiones personales o daños materiales, tendrían una sanción y una conciliación. Se establecen las sanciones, por ejemplo: Amonestación verbal, Amonestación escrita, Suspensión temporal, Permanencia condicionada y Cancelación de matrícula. Se define que su aplicación es de carácter progresivo y secuencial, resaltando que la secuencia puede iniciarse o continuarse con cualquiera, dependiendo de la levedad o gravedad de la falta cometida. Es competencia de los docentes de las distintas asignaturas la aplicación de la Amonestación verbal y anota la novedad en el Registro de Aula. Le corresponde al Director de Grupo la aplicación de la Amonestación escrita, por varias amonestaciones verbales, registrándola en el Libro del Seguimiento convivencial y refrendándola con su firma y la firma del estudiante sancionado. En los casos anteriores, el proceso disciplinario se inicia de oficio, pero también se puede presentar por queja de un estudiante o un padre de familia o cualquier docente. La queja se instaura ante el coordinador, quien investiga, cita a los implicados, notifica cargos, recibe declaraciones libres y espontaneas, recibe descargos y pruebas y toma la decisión de inocencia o culpabilidad del acusado en el hecho investigado. Si se demuestra culpabilidad, aplica las sanciones Amonestación escrita, Suspensión temporal o Permanencia condicionada, valorando los criterios para aplicar sanciones, atenuantes y agravantes. La decisión se registra en el Libro de Seguimiento convivencial y se refrenda con la firma del estudiante, padre de familia, director de grupo y coordinador. Es competencia de la rectoría la aplicación de la sanción Cancelación de matrícula, mediante resolución motivada, previa remisión del caso y soportes de coordinación mediante un oficio. La resolución debe decir que contra ella proceden los recursos de reposición y en subsidio de apelación. El proceso disciplinario llevado así, ofrece garantías procesales y hace un aporte significativo en la formación integral de los estudiantes, preparándolos activamente para la vida, generando en ellos sentido de responsabilidad y confianza en los padres de familia.